Nutrium | Cláusulas Cumplimiento: Transparencia, Ética, entre otras...

CLÁUSULAS DE CUMPLIMIENTO

CLÁUSULA SAGRILAFT: Las Partes manifiestan bajo la gravedad de juramento que los recursos, propios y provenientes de este contrato o aquellos que componen su patrimonio, no provienen, ni se destinan al ejercicio de ninguna actividad ilícita ni de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo, y Financiación de la Proliferación de Armas  de  Destrucción  Masiva  (LA/FT/FPADM). Las Partes se obligan a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todas sus contrapartes (socios, administradores, clientes, proveedores,  empleados  y  demás  grupos  de  interés)    y  los  recursos  de  éstos,  no  se  encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas. Si durante el plazo de vigencia del contrato alguna de Las Partes,  o sus contrapartes llegaren a resultar  investigados, sancionados o condenados en materia penal, administrativa, o disciplinaria por las conductas ya descritas, o fuesen incluidos en listas vinculantes para Colombia en materia de prevención de riesgo de LA/FT/FPADM, la otra parte tiene  el  derecho  de  terminar  unilateralmente  el  contrato  sin  que  por  este  hecho  esté  obligado  a indemnizar ningún tipo de perjuicio a la parte incumplidora.

 

CLÁUSULA TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL: Las Partes declaran su compromiso para prevenir y enfrentar todo acto de fraude,  soborno, corrupción, y cualquier acto contrario a la Ética Empresarial en todas las etapas del relacionamiento contractual y en sus actividades corporativas. Para ello adoptan políticas y lineamientos efectivos que en su conjunto definen el marco común que orientará las actuaciones y cumplimiento de sus obligaciones.  Las Partes ratifican su mutuo compromiso por el cumplimiento obligatorio de la ley y las disposiciones normativas aplicables en sus respectivas jurisdicciones al momento de la suscripción del presente contrato. Los eventos que se llegasen a generar durante la relación contractual, que conlleven a riesgos de fraude, soborno o corrupción, permitirá a La Parte cumplida o afectada, terminar la presente relación contractual y excluir a la incumplida de futuras oportunidades.

 

CLÁUSULA CONFLICTO DE INTERES: En el evento de presentarse una situación que represente un conflicto de intereses para EL PROVEEDOR/EL CONTRATISTA, este se abstendrá de tomar decisiones que puedan afectar los intereses de LA COMPAÑIA; el tal caso EL PROVEEDOR/EL CONTRATISTA, se obliga a revelar inmediatamente y de forma escrita la situación a EL CONTRATANTE. Una vez evaluada la situación EL CONTRATANTE decidirá si la situación revelada puede poner en peligro los intereses de LA COMPAÑIA, caso en el cual podrá optar por dar por terminado el contrato. En este evento se cancelarán a EL PROVEEDOR/EL CONTRATISTA, los honorarios que se hayan causado a la fecha.

 

Asimismo, el PROVEEDOR/EL CONTRATISTA expresa que conoce y acepta el Código de Conducta de Proveedores de LA COMPAÑÍA, el cual podrá visualizar en el siguiente link: https://www.postobon.com/sites/default/files/codigo_conducta_proveedores_2.pdf

 

CLÁUSULA TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES 

• Para cumplir con el Contrato las Partes deberán tratar información personal de las personas que estén directa o indirectamente relacionados con esta operación.

• Las Partes autorizan y declaran contar con la autorización del tratamiento de sus datos personales o de los terceros cuya información sea suministrada para la ejecución del presente contrato.

• Los datos personales serán utilizados para las finalidades de garantizar la gestión y control de los servicios acordados en el contrato suscrito y demás finalidades corporativas descritas en las políticas de tratamiento de datos personales de Las Partes.

• Las Partes garantizan el pleno ejercicio de los derechos de habeas data consagrados en el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012 o cualquier norma que la modifiqué o sustituya

• Cualquier consulta y/o reclamo en materia de habeas data o incidente de seguridad de la información personal conocido por Las Partes y relacionado con este contrato, será notificado a la contraparte dentro de las 48 horas siguientes a su ocurrencia o conocimiento.

 

CLÁUSULA DERECHOS HUMANOS: El Proveedor se compromete a respetar los Derechos Humanos de quienes se relacionen en sus procesos (terceros, trabajadores, proveedores y público en general), así como, a prevenir impactos adversos que puedan resultar de sus operaciones, las de su cadena de valor y, asegurar el acceso a mecanismos de remediación o de reparación integral en caso de producir impacto negativo en relación con los derechos humanos. Todo lo anterior bajo el enfoque de Derechos Humanos de Naciones Unidas y la Carta Internacional de Derechos Humanos.

 

 

CLÁUSULA SOSTENIBILIDAD: El Vendedor se compromete a gestionar sus actividades de acuerdo con todos los principios, valores y compromisos definidos en la Política Integral de la Empresa, en especial a la Política de DDHH y debida diligencia empresarial (BE1-04-518) y al Código de Conducta para Proveedores (BE1-04.237). Además, se comprometerá al cumplimiento progresivo de las prácticas de excelencia ASG contempladas en el programa de Abastecimiento Sostenible de la compañía (Programa de la Mano) para lo cual contará con un (1) año de plazo.